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Cuando los olvidos normales por la edad podrían no serlo

Cuando los olvidos normales por la edad podrían no serlo

Con el paso del tiempo, es habitual experimentar despistes ocasionales: perder las llaves, olvidar un nombre o confundir fechas. Estos pequeños olvidos suelen estar dentro de lo que consideramos normal en el proceso de envejecimiento. Sin embargo, cuando los olvidos normales por la edad podrían no serlo, es decir, cuando estos episodios se repiten con frecuencia, afectan la autonomía personal o alteran significativamente el comportamiento, puede que estemos ante algo más que simples lapsos de memoria.

¿Cómo distinguir un olvido normal de un deterioro cognitivo?

No todos los olvidos son señal de alarma, pero hay ciertos indicadores que deben hacernos reflexionar:

  • Repetición constante de preguntas o frases.

  • Dificultad para seguir una conversación o encontrar palabras habituales.

  • Desorientación temporal o espacial, incluso en entornos conocidos.

  • Cambios en la personalidad, la apatía o el aislamiento social.

  • Problemas para gestionar tareas cotidianas como administrar el dinero o tomar la medicación.

Ante estas situaciones, es aconsejable acudir a un profesional médico que pueda realizar una evaluación completa. A partir de ahí, puede ser necesario valorar la conveniencia de establecer medidas de apoyo jurídicas como la curatela.

La curatela como herramienta de protección

La curatela es una figura jurídica destinada a prestar apoyo a personas con discapacidad o deterioro cognitivo, siempre respetando su voluntad y fomentando su autonomía. Desde la entrada en vigor de la Ley 8/2021, se ha reforzado el enfoque garantista del sistema, eliminando la incapacitación tradicional y priorizando medidas menos intrusivas.

En función del grado de necesidad, la curatela puede ser:

  • Asistencial: el curador ayuda a la persona a tomar decisiones, pero no las sustituye.

  • Representativa: se emplea cuando la persona no puede manifestar su voluntad, y el curador actúa en su nombre.

Proceso para solicitar la curatela

  1. Presentación de la solicitud ante el juzgado de primera instancia del domicilio del interesado.

  2. Acompañamiento de informes médicos y sociales que acrediten la situación.

  3. Audiencia de la persona afectada, salvo que no sea posible por su estado.

  4. Nombramiento del curador, que puede ser un familiar, un profesional o una entidad pública.

Es importante contar con un abogado especializado en curatelas que garantice el respeto a los derechos del afectado durante todo el proceso.

Sí, puedes ser curador aunque no vivas con tu familiar. El compromiso, la responsabilidad y el respeto por la persona son claves. En RZS Abogados, te guiamos en cada paso del procedimiento de curatela, ya sea con o sin oposición familiar.

El equipo de abogados de familia de RZS Abogados son miembros de la asociación de juristas dedicados al Derecho de familia AEAFA.

En RZS Abogados somos especialistas en Derecho de Familia con más de 25 años de experiencia, por ello te animamos a que nos contactes en el 915 433 123 o en el correo electrónico [email protected], así como a través de nuestro formulario de contacto donde puedes explicarnos tu caso y te contactaremos a la mayor brevedad.

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*Imágenes diseñadas por Freepik

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